Sólo hace unos días. En el
edificio judicial donde trabajo, coincidí en el ascensor, como muchas veces ha
ocurrido, con un guardia civil, aunque esta vez ocurrió un detalle digno de
resaltar: al tiempo que pretendía entrar en el ascensor, la puerta comenzó a
cerrarse recibiendo un pequeño golpe en el hombro; entonces, con furia y
sin volverse para ver qué había pasado, le echó mano a la pistola que
pendía de su cinturón. Cuando se dio cuenta de su acto reflejo ni siquiera se
excusó ni tampoco dijo alguna palabra que suavizara la situación. Ambos subimos
juntos en el ascensor, callados.
Era un guardia civil que, por
su edad, seguramente había estado ejerciendo en plena juventud durante la
Transición. Su acto reflejo era, pues, consuetudinario. Me lo imaginé, durante
todo el tiempo que el ascensor nos trasladaba, resguardando el orden público en
las manifestaciones y participando en los interrogatorios de alguna Comandancia
y, una vez realizada su misión, su retorno, con el deber cumplido y la
conciencia tranquila, a su trabajo rutinario en algún Puesto de la Guardia
Civil del extrarradio, sin recapacitar lo más mínimo que en la realización de
esas tareas pudo haber cometido varios delitos puesto que una de las consignas
que tenían era la de no pensar más allá de las órdenes que recibían. Él y otros
muchos como él, con facultades, o no, de mando, aún permanecen en activo y con
los delitos perpetrados amnistiados.
Cuando se debatió en el
Congreso de los Diputados la Ley de Amnistía de 1977 el debate no dejó de ser
una mera pantomima, pues los acuerdos para su aprobación ya estaban adoptados.
El 14 de octubre de ese año, en poco más de dos horas, se deliberó una ley de
tanta transcendencia. No hubo enmiendas ni a la totalidad ni al articulado y el
debate consistió simplemente en la explicación de voto. Y no hubo debate ni
enmiendas porque, sencillamente, no se respetaron las normas para su
tramitación.
Para la tramitación de
cualquier proposición de ley regía, en aquel momento, el Reglamento de las
Cortes de 1971, el cual no se aplicó porque se dictaron normas específicas para
la tramitación de la proposición de ley de amnistía, que, como se acaba de
indicar, no se cumplieron. El día 11 de octubre de 1977 el Boletín de las
Cortes otorga plazo –siete días, ya que la tramitación era urgente– para
presentar enmiendas a la totalidad o al articulado. Se dispuso que, una vez
transcurrido ese plazo, la presidencia convocaría al pleno a partir del segundo
día hábil a fin de aprobar o no el texto y sus enmiendas, en su caso. Por
tanto, el pleno no se convocaría hasta finales del mes de octubre. Sin
embargo, el pleno del Congreso, al tiempo que debatía el Reglamento provisional
de la Cámara, acordó, el día 13, antes de proceder a levantar la sesión –la
larga sesión del día–, el sometimiento a los diputados de una propuesta que
había sido adoptada por unanimidad en la Junta de Portavoces. Esa propuesta
consistía en alterar el orden del día fijado en su momento y que preveía como
punto tercero la constitución definitiva de la Cámara, pasando por delante el
punto cuarto, que era la proposición de ley de amnistía en trámite de urgencia.
La explicación: razones urgentes de política. No hubo más explicación ni
tampoco la exigió ningún diputado ni se manifestó objeción alguna, seguramente
para dar por acabada de inmediato la larga sesión. Pero en esa sesión del
día 14 tampoco se dio opción alguna a presentar enmiendas y a los diputados que
pretendieron presentarlas no se les permitió aduciendo que así se había
acordado por la Junta de Portavoces, cuando en realidad no era eso exactamente
lo convenido. Se obvió, por tanto, un trámite esencial y el texto fue aprobado
casi por unanimidad, como es notorio.
Esas prisas por aprobar la ley
tal y como figuraba en la proposición las justificaron algunos diputados con la
esperanza de futuras modificaciones. Sirva de ejemplo las siguientes palabras
del diputado Fuejo Lago: “…como demócratas no somos dogmáticos, pero sí somos
realistas. Hoy por hoy, en esta coyuntura política nos parece lo mejor posible.
Mañana, en el esplendoroso mañana a que aspiramos los socialistas, la modificaremos,
la cambiaremos o lo que sea necesario, para evitar hacer perennes las
situaciones de injusticia que hoy se nos imponen, pero que con toda sinceridad
nos parecen ahora imposibles de evitar”. La propia UCD invoca la ley de
amnistía como de tránsito porque estima que es imprescindible una
inmediata reconciliación y, una vez terminado el proceso democrático, se
concluiría su elaboración. Pero nunca más, en los años siguientes, por parte de
los socialistas ni centristas se volvió a retomar el tema. No era necesario: la
ley ya estaba publicada.
Rosa Burgos